Hasta 1.500 € para jóvenes en paro que realicen formación, según la Comunidad de Madrid

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La Comunidad de Madrid ha activado el trámite del **Cheque Formación**, una subvención destinada a jóvenes desempleados para costear cursos que mejoren su empleabilidad. La prestación financia la matrícula hasta un máximo de **1.500 euros** y debe solicitarse dentro de **un mes** desde la fecha de matrícula o reserva de plaza.

Qué cubre la ayuda

El Cheque Formación reembolsa total o parcialmente el coste del curso elegido, con un tope de **1.500 euros por persona**. Si la formación cuesta menos, la cuantía se ajusta al importe real; si supera esa cifra, el importe subvencionable queda limitado al máximo.

El objetivo oficial es eliminar el obstáculo económico que impide a jóvenes en paro acceder a itinerarios formativos vinculados a la inserción laboral.

Marco normativo

La medida fue acordada por el Consejo de Gobierno el 9 de julio de 2025. Posteriormente, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el 7 de enero de 2026 una corrección de errores que modifica la partida presupuestaria sin alterar el alcance de la ayuda.

Quién puede solicitarla

La convocatoria se dirige a personas en situación de desempleo y con edad inferior a **30 años** en el momento de la matrícula o reserva de plaza. Además, es necesario residir en la Comunidad de Madrid y estar inscrito como demandante de empleo en una oficina de la región en la misma fecha.

Persona en una oficina de empleo consultando sobre programas de formación
El personal de orientación profesional valida la adecuación del curso elegido.

No pueden beneficiarse quienes ya recibieron la misma ayuda en 2025 y quienes superen los límites de renta: la unidad de convivencia no debe ingresar más de **tres veces el IPREM calculado en 14 pagas**.

La formación tampoco puede ser gratuita para la persona solicitante. Si el curso forma parte de la oferta pública de formación para el empleo o de la enseñanza oficial financiada con fondos públicos, será necesario justificar su necesidad como parte de un itinerario personalizado de orientación profesional.

Condiciones del curso y documentación requerida

Para ser elegible, el curso debe tener una duración mínima de **10 horas** y no podrá ser una jornada o congreso. Puede impartirse en modalidad presencial, online o mixta, siempre que la entidad impartidora cuente con experiencia o reconocimiento en la materia. Además, el personal de orientación profesional de la oficina de empleo debe considerar la acción formativa como adecuada.

  • Informe del personal de orientación profesional firmado.
  • Documento de matrícula o de reserva de plaza.
  • Declaración responsable sobre la unidad de convivencia.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Certificado de empadronamiento colectivo.

La Administración podrá, salvo oposición expresa del solicitante, consultar ciertos datos oficiales como NIF/NIE, la inscripción como demandante de empleo, el empadronamiento o certificados ante la Seguridad Social y Hacienda.

Cómo presentar la solicitud

El trámite está disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en el procedimiento denominado **Cheque Formación**. Aunque la convocatoria se anuncia como permanente y sin coste de presentación, la solicitud solo es válida si se presenta dentro del **mes siguiente a la fecha que figure en la matrícula o en la reserva de plaza**.

No es posible adelantarse ni solicitar la ayuda transcurrido ese plazo. Por eso conviene tramitarla al inicio del proceso formativo y no esperar a su finalización.

Con esta línea de ayudas, la Comunidad persigue facilitar que jóvenes en paro accedan a formaciones concretas que mejoren su empleabilidad y, en muchos casos, aumenten sus posibilidades de inserción o de acceso a mejores condiciones laborales.

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