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El Congreso aprobó este miércoles la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad, una revisión que busca reforzar la asistencia a domicilio, simplificar trámites y garantizar mayor financiación estatal del sistema de cuidados. La norma llega acompañada de un real decreto-ley con aumento extraordinario de recursos para la dependencia, y abre cambios prácticos en derechos y plazos administrativos.
Qué implica la reforma de la dependencia
La reforma suprime el actual régimen de incompatibilidades, de modo que las personas reconocidas en situación de dependencia podrán acceder a varias prestaciones simultáneamente. El Programa Individual de Atención (PIA) se vuelve más flexible para permitir combinaciones de servicios del catálogo.
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En la práctica, esto permitirá, por ejemplo, que una persona que viva en su domicilio reciba atención de un centro de día y, al mismo tiempo, prestaciones como cuidados en el entorno familiar o teleasistencia. Asimismo, el nuevo enfoque busca personalizar los apoyos.
La figura del asistente personal se convierte en un derecho público garantizado para la vida cotidiana, no limitado al ámbito laboral o formativo, y se incorpora al catálogo de servicios que las comunidades deben ofrecer. Del mismo modo, el servicio de atención a domicilio amplía su alcance: quienes prestan asistencia podrán acompañar a la persona usuaria fuera del hogar para gestiones básicas como compras o visitas médicas.
La teleasistencia quedará reconocida de forma general para todas las personas con dependencia, incluyendo colectivos hasta ahora excluidos, como quienes presentan demencia, y podrá integrarse con dispositivos de seguimiento (por ejemplo, pulseras con geolocalización).
Entre otras medidas destacadas, la Administración General del Estado asumirá el pago de las cotizaciones de las cuidadoras principales y garantizará la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras. Además, se reduce el plazo máximo para resolver el reconocimiento de la dependencia de seis a tres meses.
Principales novedades en la ley de discapacidad
La reforma introduce mecanismos para bajar la carga burocrática y acelerar reconocimientos. A quienes se les otorgue un grado I de dependencia se les reconocerá automáticamente un 33% de discapacidad; los grados II y III podrán equipararse al 65%.

Se establece la atención temprana como un derecho subjetivo para niños de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos. Esto permite que las familias exijan el tratamiento ante la administración autonómica sin que la prestación dependa de la disponibilidad presupuestaria o de plazas.
La norma crea además la figura del facilitador procesal, destinada a servir de interlocutor entre operadores jurídicos y personas con dificultades para evitar situaciones de indefensión durante procesos judiciales.
En materia de accesibilidad, las personas con discapacidad podrán reclamar mejoras en servicios y edificios públicos. Se pondrá en marcha un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal para financiar intervenciones —rampas, audiodescripciones, etc.— y se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para que las administraciones públicas apoyen económicamente las obras en comunidades de propietarios cuando lo solicite algún residente. Además, se reduce del 75% al 70% el porcentaje que debe cubrir la comunidad para acceder a esas ayudas.
El Ministerio de Derechos Sociales estima que en España hay aproximadamente 100.000 personas que no pueden salir de sus hogares por falta de accesibilidad. Por último, la reforma prohíbe que seguros de hogar o salud apliquen incrementos de precio por el hecho de tener una discapacidad; esa práctica se considera discriminatoria e ilegal.
Financiación y objetivos temporales
La ley incorpora la obligación de que la Administración General del Estado asuma el 50% de la inversión en el SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia). Este compromiso legal se complementa con el real decreto-ley convalidado en julio, que aumenta de forma notable la aportación estatal: las comunidades autónomas recibirán 6.200 millones de euros adicionales entre 2026 y 2027, según el Ejecutivo.
Durante el debate, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, pidió a las comunidades que utilicen estos fondos para reducir las listas de espera. «Ya no hay excusas: las listas de espera deben reducirse a la mitad en 2027 y desaparecer en 2028. Nuestro compromiso es total y ahora toca que todas las comunidades autónomas remen a favor para hacerlo una realidad», declaró.
Enmiendas vetadas y puntos de fricción en el Congreso
El texto definitivo fue aprobado sin incorporar algunas enmiendas consensuadas en el Senado por el PP y otros grupos, porque el Gobierno las vetó alegando que suponían un aumento del gasto público. Entre las propuestas vetadas figura la ampliación sin límite de edad de la prestación CUME para progenitores de hijos con cáncer u otras enfermedades graves (actualmente llega hasta los 26 años).
No obstante, en torno a la CUME sí se aprobaron otras modificaciones que buscan simplificar y agilizar su tramitación, respaldar a trabajadores autónomos en la prórroga del permiso y evitar que la escolarización ocasione de forma automática la pérdida de prestaciones. El Ejecutivo señaló que mantiene negociaciones con las familias para estudiar la ampliación de la prestación.
Otras enmiendas rechazadas incluyeron la supresión del copago para pacientes con ELA y la rebaja del IVA en productos para personas con discapacidad.












