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A partir del 1 de septiembre la Seguridad Social sustituye las cartas en papel por notificaciones electrónicas para quienes estén de baja médica. Las comunicaciones oficiales llegarán por correo electrónico o SMS; cualquier respuesta o impugnación deberá tramitarse por vía telemática o solicitando cita previa en las oficinas.
Qué cambia y a quién afecta
La reforma promovida por el Gobierno modifica las vías de comunicación entre la Tesorería General de la Seguridad Social y los ciudadanos, priorizando la notificación electrónica. Desde la fecha indicada, quienes perciban una prestación por incapacidad temporal recibirán sus avisos exclusivamente por medios digitales.
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La correspondencia en soporte papel no desaparece por completo: podrá seguir emitiéndose solo si la persona interesada acude presencialmente a una oficina de la Seguridad Social y lo solicita por escrito.
Cómo se notificará y cómo consultarlo
La comunicación formal —la que hasta ahora llegaba en carta— pasará a estar disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El sistema avisará al trabajador mediante el correo electrónico facilitado o mediante un SMS cuando exista una nueva notificación.

Identificación para abrir la notificación
Para acceder al contenido será necesario identificarse con un medio electrónico. Entre los métodos aceptados están:
- Certificado digital.
- Cl@ve permanente o Cl@ve móvil.
- DNI electrónico.
Se recomienda comprobar que la administración dispone de los datos de contacto actualizados —por ejemplo, a través del portal Import@ss— para evitar pérdidas de avisos.
Plazos, efectos y riesgos si no abre la notificación
Una notificación electrónica se considerará recibida en el momento en que el destinatario la abra o, en su defecto, transcurridos 10 días naturales desde su envío por la Seguridad Social.
Las consecuencias son importantes: no consultar un aviso no impide que comiencen a contar los plazos para presentar alegaciones, reclamaciones o recursos, según advierten desde el despacho Col·lectiu Ronda.
Además, el propio bufete alerta del riesgo por fallos en el circuito de comunicaciones. La falta de recepción del aviso no invalida una notificación correctamente depositada, por lo que aconsejan comprobar periódicamente la Sede Electrónica aunque no se haya recibido SMS o correo.
Citaciones médicas y otros colectivos
Tanto las citaciones para revisiones médicas por parte del INSS o de las autoridades médicas locales como los requerimientos de documentación también se remitirán ahora por vía telemática.
En paralelo, quienes estén a la espera del reconocimiento de una incapacidad permanente o de lesiones permanentes no incapacitantes quedarán igualmente sujetos a este nuevo canal de notificación electrónica.
Prestaciones que no cambian
La digitalización ya era habitual en algunas prestaciones, por ejemplo en los permisos por nacimiento y en la prestación por cuidado de menor, que seguirán funcionando como hasta ahora. Tampoco experimentarán cambios las comunicaciones dirigidas a jubilados o a perceptores de pensiones de orfandad o viudedad, que continuarán recibiendo correspondencia por carta.












