Cómo funcionan las bajas por maternidad y paternidad para autónomos en 2026

Mostrar resumen Ocultar resumen


Si eres trabajador por cuenta propia y vas a ser padre o madre, conviene conocer cómo funciona la prestación por nacimiento y cuidado de un menor en 2026. Las reglas han cambiado en los últimos años: el permiso es igual para ambos progenitores y, desde 2025, su duración básica se amplió.

Baja de maternidad para autónomas en 2026

Las autónomas tienen derecho a una prestación que compensa la pérdida de ingresos durante el cese temporal de la actividad. En 2026 la duración estándar es de 19 semanas, cubierta por la Seguridad Social.

Trabajadora autónoma revisando documentos relativos a la baja por maternidad
La prestación compensa la pérdida de ingresos durante el cese temporal de la actividad.

Del total, las primeras seis semanas son obligatorias y deben disfrutarse de forma ininterrumpida. Es posible iniciar ese tramo hasta cuatro semanas antes del parto, salvo que ya se esté de baja por riesgo durante el embarazo; en ese caso, el periodo obligatorio comienza el día del parto.

Las restantes trece semanas son optativas y se pueden tomar de forma continuada o en periodos interrumpidos. Además, existe flexibilidad en los plazos de disfrute: las primeras 17 semanas deben consumirse dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento, mientras que las dos semanas finales pueden utilizarse hasta que el menor cumpla ocho años.

En familias monoparentales, la prestación se amplía hasta un total de 36 semanas. También hay incrementos en situaciones concretas: una semana adicional por cada hijo en partos múltiples, otra semana si el bebé presenta discapacidad y hasta 13 semanas más si el recién nacido necesita hospitalización superior a siete días tras el parto.

La prestación no se limita al nacimiento; también cubre adopciones, acogimientos y tutorías siempre que el menor tenga menos de seis años. En esos casos, los plazos comienzan a contar desde la resolución judicial o administrativa correspondiente.

Requisitos para cobrar la prestación por maternidad siendo autónoma

Para acceder a la baja, la interesada debe cumplir tres condiciones básicas: estar afiliada y dada de alta en la Seguridad Social y en el RETA, tener las cuotas de autónomo al día y haber cotizado un periodo mínimo, que depende de la edad.

Durante la baja, la persona beneficiaria debe permanecer de alta como trabajadora por cuenta propia.

Periodo mínimo de cotización según la edad

El requisito de cotización varía según la edad en el momento del inicio de la prestación:

  • Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 25 años: al menos 90 días cotizados en los 7 años previos, o 180 días a lo largo de la vida laboral.
  • 26 años o más: 180 días en los 7 años anteriores, o 360 días a lo largo de la carrera laboral.

Si cumples estas condiciones podrás solicitar la prestación ante la Seguridad Social.

El plazo máximo para presentar la solicitud es de 5 años desde el nacimiento, la adopción o el acogimiento. No obstante, para recibir la prestación completa conviene solicitarla dentro de los primeros 3 meses.

Cuánto se cobra de baja por maternidad en 2026

La prestación equivale al 100 % de la base reguladora. El cálculo depende del tiempo cotizado como autónoma:

Cálculo de la base reguladora y cifras en una calculadora
La prestación equivale al 100 % de la base reguladora; el cálculo depende de la cotización.

  • Si llevas más de 12 meses de alta, la base reguladora será la media de las bases de cotización de los 6 meses (180 días) anteriores al inicio de la prestación.
  • Si llevas menos de 12 meses, se calcula la media desde la fecha de alta en el RETA hasta el momento relevante.

Como ejemplo orientativo: si en los últimos seis meses se ha cotizado por la base mínima general (950,98 € en 2026), la prestación mensual correspondería a esa cantidad.

Durante la baja no es obligatorio abonar la cuota de autónomos.

Baja de paternidad para autónomos en 2026

Desde 2019 ambos permisos se agrupan bajo la denominación prestación por nacimiento y cuidado de un menor, y llevan años equiparados. Tras las reformas, los dos progenitores disfrutan del mismo número de semanas: 19 semanas en la situación general desde 2025.

La única diferencia práctica en el nacimiento biológico es que la madre puede adelantar hasta cuatro semanas de su permiso antes del parto, algo que no aplica al otro progenitor o a quien no sea madre biológica. Por lo demás, requisitos, cálculo de la cuantía y duración son equivalentes para ambos.

Cómo solicitar la prestación siendo autónomo

La solicitud se presenta ante la Seguridad Social. Hay dos vías habituales:

  • Telemáticamente, a través del portal Tu Seguridad Social, con certificado digital o DNI electrónico.
  • Presencialmente, en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con cita previa.

La documentación básica incluye el impreso oficial de solicitud, el libro de familia o resolución judicial/administrativa en casos de adopción o acogimiento, copia del DNI o NIE, declaración de situación de la actividad como autónomo y el número de cuenta bancaria para el ingreso.

En situaciones específicas pueden exigirse otros documentos: certificados de discapacidad, acreditación de familia numerosa, justificantes de jornada parcial, certificados médicos de incapacidad temporal, etc. Si se presenta la solicitud en persona es necesario llevar originales y copias; por vía electrónica se aceptan documentos escaneados, aunque la Seguridad Social puede pedir los originales posteriormente.

Puntos clave

  • El permiso básico es de 19 semanas para cada progenitor; se amplía a 36 semanas en familias monoparentales.
  • Tienes hasta 5 años para solicitar la prestación, pero para percibirla íntegra conviene tramitarla en los primeros 3 meses tras el nacimiento o la resolución de adopción/acogida.
  • La cuantía depende de la base de cotización; la prestación paga el 100 % de esa base.
  • Documentación necesaria: formulario oficial, libro de familia o resolución, DNI/NIE, declaración de actividad y cuenta bancaria.

Da tu opinión

Sé el primero en valorar esta entrada
o deja una reseña detallada



Learning Review España es un medio independiente. Apóyanos añadiéndonos a tus favoritos de Google News:

Publicar un comentario

Publicar un comentario