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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado compatible con el derecho comunitario la ley de amnistía aprobada en 2024, una resolución que cambia el marco judicial alrededor del llamado procés. La decisión facilita el regreso político y judicial de varios implicados, entre ellos Carles Puigdemont, aunque quedan por resolver instancias nacionales.
Qué ha resuelto el TJUE
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El tribunal con sede en Luxemburgo respondió a dos cuestiones prejudiciales elevadas por órganos españoles: una por el Tribunal de Cuentas y otra por la Audiencia Nacional. El primero planteó dudas sobre si la amnistía podía aplicarse a la malversación, al estimar posible afección a los intereses financieros de la Unión Europea. La segunda examinó si la norma encajaba con la normativa comunitaria sobre la lucha contra el terrorismo, en relación con delitos atribuidos a miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

En su fallo, el TJUE consideró que la ley de amnistía no contraviene el derecho de la UE y respaldó las principales conclusiones del abogado general del tribunal, que estimó que la norma no constituye una autoamnistía sino el fruto de un trámite parlamentario ordinario en un sistema democrático. Además, el tribunal concluyó que, en los casos analizados, no se ha demostrado un perjuicio directo a los fondos de la Unión ni la comisión intencional de graves vulneraciones de derechos humanos.
Argumentos centrales de la sentencia
Los jueces europeos destacaron que la elaboración y aplicación de una ley de amnistía corresponde, en primer término, a los Estados miembros. El TJUE limitó su control a verificar que no se vulneren las garantías procesales y que se respete el efecto útil de las normas de la Unión afectadas, como la directiva antiterrorista.
Sobre la consulta del Tribunal de Cuentas, la corte interpretó que la extinción de responsabilidades prevista por la amnistía no afecta automáticamente a los intereses financieros de la UE. En particular, precisó que una posible disminución de la renta nacional bruta derivada de la eventual secesión no puede, por sí sola, entenderse como un daño directo a los recursos comunitarios. Con ello, el TJUE allana la vía para que el Tribunal de Cuentas deje sin efecto la reclamación de 3,9 millones de euros que exigía a Carles Puigdemont y Artur Mas.
Efectos sobre las causas vinculadas al procés
La sentencia europea tiene repercusiones prácticas en varios procedimientos abiertos en España. Al avalar la ley de amnistía, el TJUE permite que ciertos procesos por malversación y otros delitos relacionados con el 1-O puedan quedar comprendidos por la medida de gracia, siempre que no concurran circunstancias excluyentes identificadas por el tribunal.

Ello afecta a causas que afectan a dirigentes como Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, y a excargos de ERC como Josep Maria Jové y Josep Salvadó, cuyo juicio por la organización del referéndum quedó suspendido a la espera del dictamen europeo.
Plazos y próximos pasos
Fuentes jurídicas señalan que el Tribunal Constitucional tardará en estudiar los recursos de amparo relacionados con la amnistía y la sentencia del TJUE; su resolución no se espera antes de septiembre u octubre. Si el Constitucional concluye que procede la amnistía, la ejecución corresponde al Tribunal Supremo, que debería archivar los expedientes y levantar las órdenes de detención.
La defensa de Puigdemont podría intentar acelerar el proceso solicitando medidas cautelares para suspender la orden de detención antes de una decisión definitiva. Esa vía ya fue rechazada por el Constitucional el pasado enero, por diez votos frente a uno. Queda por ver si, cuando lleguen las actuaciones al Supremo, ese tribunal promoverá un nuevo trámite o se limitará a aplicar la amnistía conforme a la resolución europea y las decisiones del Constitucional.












