Mostrar resumen Ocultar resumen
Estar todavía enfermo no garantiza la continuidad indefinida de una baja laboral: la ley fija plazos y, al agotarse, es la Seguridad Social la que decide los pasos siguientes. Conocer esos límites y sus efectos es clave para trabajadores y empresas.
El límite que marca la ley
La Ley General de la Seguridad Social establece un tope para la incapacidad temporal. De forma ordinaria, la baja puede prolongarse hasta 365 días. Si durante ese periodo existe previsión de recuperación, se contempla una prórroga adicional de 180 días.
En Airbus Sevilla hay división: San Pablo sigue en huelga; Tablada vota por retomar la actividad
Guía para gestionar la facturación de proveedores y reducir la carga fiscal
Una vez superados esos plazos, la incapacidad temporal no puede alargarse automáticamente: corresponde al organismo público resolver la situación.
Qué puede decidir el INSS tras el año de baja
A partir del día 366 el control del expediente pasa del servicio de salud o la mutua al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El INSS tiene la potestad para tomar distintas decisiones sobre el caso.
- Conceder el alta médica.
- Ordenar la prórroga del periodo de baja, cuando proceda.
- Iniciar el procedimiento para valorar una posible incapacidad permanente.
Además, el INSS es el único organismo autorizado para emitir una nueva baja por la misma o similar patología en los 180 días posteriores a un alta dictada tras agotar el año de incapacidad temporal.
Otros motivos de extinción de la prestación
El vencimiento de los plazos no es la única causa por la que puede extinguirse la prestación económica asociada a la baja.
La Seguridad Social también contempla, entre otros supuestos, el alta médica, el reconocimiento de una pensión de jubilación o el tránsito a una situación de incapacidad permanente. Asimismo, la incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos convocados por la Administración puede dar lugar a la suspensión o pérdida de la prestación.
El contexto: bajas al alza y su coste
El debate sobre la duración y gestión de las bajas llega en un momento de aumento sostenido de los procesos de incapacidad temporal en España. Según datos oficiales, en 2025 la prevalencia media por contingencias comunes fue de 53,7 procesos por cada 1.000 asalariados.
El impacto económico ya es significativo: las prestaciones vinculadas a la incapacidad temporal superan los 18.400 millones de euros anuales, situándose entre las partidas más relevantes del sistema de protección social tras las pensiones contributivas.
Varios estudios vinculan ese crecimiento a factores como el envejecimiento de la población activa, las listas de espera sanitarias, el aumento de los problemas de salud mental y el crecimiento del empleo registrado.
Recursos y derechos del trabajador
Los especialistas en derecho laboral recuerdan que un alta dictada por el INSS no agota las vías del trabajador. Existe la posibilidad de recurrir la decisión y activar procedimientos de revisión y disconformidad.
Estos mecanismos permiten que la protección de la salud y el control del gasto público se articulen dentro del sistema, manteniendo canales formales para quienes consideren que la resolución administrativa no se ajusta a su realidad clínica.












